domingo, 30 de diciembre de 2007

viernes, 28 de diciembre de 2007

Esto es todo amigos...

Querid@s este es mi ultimo post, este blo g se acaba hoy.

Gracias por haberme leido los que lo hicieron.

Adios....

miércoles, 26 de diciembre de 2007

viernes, 14 de diciembre de 2007

Otra de balazos

Pues al parecer esto no para, desde el dia de la balacera del mall (pronunciese mol) del chavito que les contaba, ha habido otras 2 balaceras, esta vez en Colorado, una en una Iglesis y otra en un albergue de misioneros de la misma Iglesia. Bien podria cambiarle el nombre a mi blog por "Cronicas de balazos en los EEUU" y me cae que siempre tendria material para escribir.

El lunes pasado la policia fue alertada de amenazas que encontraron escritas en la pared de un baño en una secundaria de aqui mismo, curiosamente a la que va mi primo, resulta que la policia fue a ver que pex, checo ahi el lugar y pues no encontraron mas indicios de que fuera a realizarse. La amenaza era para hoy y entre que son peras o son manzanas, la comunidad andaba toda en el azote (la burra no era arisca...), con decirles que ayer llamaron aqui a la casa de la policia, para decir que iban a estar hoy en la escuela, vigilando que todo estuviera en santa paz (o por lo menos sin balazos) y que mi primo podia ir problemas y sin miedo (sobre todo) a la escuela hoy, pero que tambien entendian que si no queria ir por que le ganara el miedo (o la flojera aprovechando que ya tenia pretexto), pues que no iba a contarle la falta, asi que como podran imaginar el chiquillo no fue y hasta ahorita no se sabe que haya pasado nada.

Esto no ha sido un caso unico, en esta misma semana ocurrio lo mismo en otras 2 high schools (lease jai sculs) de los alrededores.

Mientras tanto al parecer esto no parece ser un asunto importante para legislar, aqui estan mas ocupados con el christmas shopping (krismas chopin), el reporte de los beisbolistas que usan esteroides y la pelea Hillary Clinton vs. Barak Obama.

Pero como ya viene la navidad y hay que estar contentos, aqui les dejo mi regalo, el video que hizo Bush de navidad con sus ya famosos perritos.



Espero se rian tanto como yo. No cabe duda que con Bush uno no deja de sorprenderse.

lunes, 10 de diciembre de 2007

DIA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

Declaración Universal de Derechos Humanos

Adoptada y proclamada por la Asamblea General en su resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948

Preámbulo
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana,

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad; y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias,

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión,

Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones,

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres; y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad,

Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y

Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso,

La Asamblea General

Proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2
Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11
Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13
Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso el propio, y a regresar a su país.

Artículo 14
En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15
Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16
Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17
Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20
Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21
Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23
Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26
Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27
Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29
Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
Estos derechos y libertades no podrán en ningún caso ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30
Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

En el Dia Internacional de los Derechos Humanos hagamos algo en favor de ellos, firma la peticion en linea para ayudar a liberar al poeta y periodista chino Shi Tao que fue encarcelado por enviar un e-mail.

http://www.amnesty.ca/writeathon/shi_tao_petition.php


Aun hay mucho por hacer....

jueves, 6 de diciembre de 2007

Y la historia se repite

Parece que este tipo de historias comienza a hacerse costumbre en la sociedad estadounidense: un adolescente, un arma, varios muertos y heridos en un lugar publico y el suicidio del atacante.

No, no estamos hablando de Columbine o del incidente en el Virginia Tech, ayer se repitio la historia en un centro comercial en Omaha, Nebraska; que se encontraba lleno de gente haciendo las famosas compras de navidad.

El atacante un adolescente de 19 años al parecer perturbado por la situación en que vivía, había abandonado o lo habían corrido del hogar de los padres -no esta claro aun-, había sido expulsado de la escuela un año atrás, había sido despedido de su empleo en un local de comida rápida al parecer por haber robado $17 dolares y para terminar lo había dejado la novia. Robert Hawkins describió su vida como una mierda pero eso si advirtió que "se iba a volver famoso y que iba a dejar este mundo mundo con estilo" y si que lo hizo! lamentablemente se llevo a 8 personas por delante y dejo a 5 mas heridas 2 de ellas de gravedad. De las personas fallecidas 6 eran empleadas de la tienda departamental en la que ocurrió el incidente y 2 eran clientes, 5 eran mujeres y 3 eran hombres.

La historia parece repetirse una y otra vez en un país en el que la posesión de armas está a la orden del día y el derecho a tener una es un derecho constitucional duramente debatido y que justamente está en estos momentos sobre la mesa del Tribunal Supremo.

Espero que esto les haga pensar a los congresistas seriamente acerca de la legislacion de las armas.


Foto AP

martes, 4 de diciembre de 2007

De todo un poco.

Rapiditas a manera de comentario personal.

* Queria escribir un post entero dedicado al caso Lidya Cacho pero la neta, es tanto el corage que no hilo las palabras "decentes" suficientes para hacerlo, pero no quiero dejar pasar el momento para manifestar mi REPUDIO ABSOLUTO CONTRA LA DECISION DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA!
HOY Lidya Cacho: Una denuncia contra la impunidad. Memorias de una infamia. Chat en El Universal 4 de diciembre 2007 17:00



* Felicidades a los venezolanos por haber ejercido exitosamente su derecho a elegir el futuro de su nacion. Ojala que Chavez sepa respetar la decision de su pueblo de la forma en que salio publicamente a reconocer su derrota.


* Lastima que en Rusia las cosas no fueron tan claras en las pasadas elecciones y de acuerdo con observadores internacionales estas fueron "injustas".


* Ahora parece que "cantante grupero" se ha convertido en una profesion de alto riesgo, es repudiable la violencia que presenciamos a diario en nuestro pais. Q.E.P.D. Zayda Peña y Sergio Gomez. Ojala y algun dia tengamos autoridades que puedan esclarecer estos crimenes horrendos, antes de que nos acostumbremos a verlos como algo "normal" en nuestro diario vivir.

Y todo por un perro

Resulta, que estaba un inmigrante ilegal hondureño, Giovani Rivera, trabajando de jardinero en una casa en Princeton, NJ cuando de pronto, el perro de la familia que lo habia contratado para los trabajos de jardineria, un pastor aleman, se le deja ir y lo ataca por alrededor de 3 minutos seguido por otros 4 perros tambien propiedad de la familia James. Rivera quien estuvo hospitalizado cinco días despues de una operacion de 3 horas, tuvo “cientos y cientos de cortes” incluyendo un mordisco profundo en su muslo derecho y heridas en otras partes del cuerpo incluida su cabeza y recibio 65 inyecciones antirabicas.

Se presentaron cargos contra la familia propietaria de los perros y Rivera recibió una indemnización del seguro de $250,000 usd.

Hasta aqui una historia comun, nada de extraordinario.

Pero esta historia, tomo un giro inesperado, cuando el juez asignado al caso, tomo la decision de que el perro sea sacrificado, accion que ha encendido un debate sobre inmigración y derechos de los dueños de perros en esta ciudad universitaria.

Las cosas han llegado a tal punto que se han desplegado en internet mensajes racistas en apoyo al perro, llamado "Congo", el cual tiene varios websites haciendo campaña para liberarlo, algunos de estos mensajes estupidos dicen: "Congo Heroe!", "un ilegal mexicano menos es una mejora para la sociedad!" (o sea, aqui todos los ilegales son mexicanos no importa de donde vengan, pero bueno, ya sabemos que la geografia no es precisamente el fuerte de los gringos, entre otras cosas...), "Congo merece un premio!", y mas estupideces por el estilo, por decir lo menos.

La familia James apelo la decision del juez y ha trabajado fuertemente en una campaña mediatica en favor del perro, aprovechando los sentimientos anti-inmigrantes de muchos estadounidenses.

La campaña en favor de la liberacion de Congo -no el pais, el perro- ha sido tal, que hasta enviaron una peticion de perdon al gobernador, que ha dicho que se mantendra al margen y no intervendra respetando la decision que tome la corte.

El perro ha sido liberado en lo que se lleva a cabo el juicio de la apelacion, pero permanece en "arresto domiciliario" y solo puede salir a la calle para ir al veterinario y debe portar un bozal cuando esto suceda.

Las cosas estan tan polarizadas en estos tiempos, que cualquier suceso puede iniciar un debate anti-inmigrante entre la poblacion.

Una vez mas, es lamentable la forma en que nuestra gente es tratada, cuando lo unico que busca es una oportunidad de trabajo, para una vida mejor.

sábado, 1 de diciembre de 2007

Dia Mundial de la Lucha contra el Sida




Detén el SIDA. Mantén la promesa.